Pablo Rodríguez Arias, presidente de FOJUCC Chile, narra a continuación su experiencia y aprendizaje durante su participación en la reciente reunión Los consumidores en la Sociedad de la Información: Acceso, Justicia y Representación (8-9 de marzo, Kuala Lumpur, Malasia), organizada por Consumers International.
El acceso al conocimiento muchas veces es percibido como algo totalmente ajeno a la protección al consumidor y consumidora. La sociedad actual sólo considera protegidos sus derechos en el mercado cuando se refieren a objetos materiales que se pueden percibir por los sentidos. Sin embargo, la realidad ha demostrado que los bienes y servicios que deben ser objeto de protección son muchos más y que se hace urgente el trabajo mancomunado de todos los actores sociales para este fin.
Es bajo la premisa anterior que se me extiende, por parte de Consumers International (C.I), oficina de América Latina y el Caribe, la invitación a participar en la Conferencia “Los consumidores en la sociedad de la información: acceso, trasparencia y representación”, la cual es organizada por el proyecto de CI sobre Acceso al Conocimiento (A2K) y que se realizó en la ciudad de Kuala Lumpur, en el caluroso y verde país de Malasia.
Mi asistencia, debo mencionar, fue gracias al esfuerzo conjunto de mi organización base (FOJUCC); la oficina regional de CI; la Escuela de Derecho de la Universidad de Concepción, de la cual soy estudiante, y todas las personas que entienden que un cambio social desde el consumo requiere conocimiento e información.
Cómo se afectan los derechos
Los días de la conferencia pude entender varias ideas y conceptos que no tenía claro: Lo primero era qué significado tenía esto de “acceso al conocimiento”. La era digital es el gran manto que cubre nuestra sociedad, y desde una simple lectura de un correo electrónico hasta compras electrónicas son desarrolladas por internet.
Lamentablemente, cada día los servidores de estos servicios se concertan para restringir el uso y el acceso de los consumidores y consumidoras a determinados contenidos, pidiendo a cambio grandes sumas de dinero o, lisa y llanamente, no permitiendo que ninguna persona pueda acceder a sus “servicios”.
La primera conclusión a la cual se llegó en los primeros minutos de la conferencia es que “las trabas al acceso del conocimiento por medios digitales y al comercio electrónico afectan muchos derechos del consumidor”.
La propiedad intelectual
Otro aspecto que obstaculiza el acceso al conocimiento e información por parte de los consumidores y consumidoras es la “propiedad intelectual” que existe sobre cada uno de estos espacios y elementos del conocimiento.
Los derechos de autoría conceden a su titular atributos como el uso, la inclusión, la exclusión, la customización, la transferencia, la autonomía, privacidad y responsabilidad de su obra. Sin embargo, la propiedad privada y la propiedad intelectual en el día de hoy son muchas veces confundidas y no se respetan sus respectivos límites.
Así, la propiedad privada puede ser usada por el particular a su antojo y solo con las limitaciones que establecen las leyes. Sin embargo, hoy, quien adquiere información que ha comprado, se ve en la prohibición de compartirla, y en caso que lo hiciera se expone a sanciones drásticas. ¿Dónde queda entonces el derecho personalísimo de las personas a compartir lo que tiene, particularmente su conocimiento?
“Es difícil, en la era actual, hacer entender lo importante que es compartir, sobre todo cuando el salario de muchos depende de la defensa de estos datos digitales. La naturaleza humana debe evolucionar hacia la valorización de lo que significa cambiar” (Mitch Singer, Sony Pictures Entertaiment).
Ampliación de Directrices
Posteriormente, se expuso la necesidad de incluir dentro de las Directrices de Protección al Consumidor de Naciones Unidas el derecho y la defensa en el acceso al conocimiento. Así, se plantea que es tarea de los consumidores y consumidoras, más la industria y el gobierno conseguir cambios reales y un acceso sin trabas ni otras limitantes. “Cuando las arañas se unen pueden atar a un león” – proverbio al cual se hace alusión para significar lo importante que es trabajar en redes y equipo para la consecución de los objetivos que se plantean.
Algunos derechos básicos del consumidor en el acceso al conocimiento que se plantean son:
a) Derecho al conocimiento para acceder a los bienes y disfrutar de los servicios.
b) Derecho a tener disponible globalmente y aun precio justo servicios y acceso al conocimiento.
Como propuesta a las pautas de las Naciones Unidas en materia de protección al consumidor se propone incluir expresamente el “derecho al acceso equitativo al conocimiento por parte de los consumidores/as”, con algunas modificaciones en el principio de la protección de los intereses económicos de los consumidores como:
- Consumidores puedan hacer un uso seguro y legal de lo que han comprado.
- Los contratos no deberían ser modificados una vez que han sido suscritos.
- Garantizar el acceso libre a internet.
- Los gobiernos deben mantener el dominio público y el derecho al acceso a la información de dominio público, mediante:
o Se debe ayudar a la preservación del dominio público.
o Las bibliotecas públicas deberían poder cortar cualquier enlace que no permita el acceso libre.
o Los consumidores deberían tener el derecho al acceso de los documentos no comerciales.
o Los blog digitales deberían garantizar el acceso al conocimiento.
o Las multas criminales no deberían ser excesivas, sólo las comerciales.
Derechos del propietario
Estamos en un escenario donde el consumidor/a ha sido afectado porque la tecnología le ha dado a los dueños de la propiedad mayor poder; ya no hay ventas, sino licencias y permisos de uso por un determinado tiempo. Hoy nos encontramos con que el propietario tiene derecho a elegir sobre su servicio, dejando al consumidor muchas veces a la merced de cláusulas abusivas, condiciones arbitrarias y condiciones de uso poco transparentes.
Ejemplos de cómo el poder de los propietarios ha crecido y ha vulnerado el derecho de los consumidores/as al acceso al conocimiento son los juicios que se llevan contra youtube actualmente, o la prohibición de google en muchos países de ser accesible.
Gobernanza en internet
El panel siguiente fue respecto a la “gobernanza en internet y los consumidores/as”, aclarando que no es “gobierno sino gobernanza”: efectividad en el acceso de los consumidores a internet.
Algunas de las propuestas acá son, entre otras:
- Crear un contrato modelo del Servicio de Banda Ancha.
- Proteger al consumidor/a mediante la identificación de los sitios de fraudes; de leer y comprender las políticas de privacidad; educar al consumidor y vendedor sobre cómo acceder a internet.
Luego, en un siguiente panel, Google Singapur abordó el tema “Improving Broadband Transparency”, explicando la necesidad de trasparentar la banda ancha al consumidor, con el fin de mantener el internet abierto y accesible, entendiendo que esta condición es indispensable para compartir datos.
Es así como se presenta M-LAB, que no es de Google pero que es parte de su administración. Se trata de una plataforma que empodera a los usuarios, dándoles una transparencia a estos en el acceso a la banda ancha. Esta es una plataforma de servidores donde hay fuente abierta. Se tiene acceso a datos abiertos. A través de esta plataforma se puede medir: velocidad de conexión; tráfico específico de las aplicaciones. Todo esto debe propender a que el consumidor/a entienda el internet de mejor manera.
Sin embargo, hay países donde no hay servidores M-LAB, porque no hay acceso rápido a internet; no hay una conexión rápida.
Derechos humanos
Otro de los temas que se discutió y reflexionó fue respecto al “Internet y los Derechos Humanos”, destacando lo que hoy significa el acceso a internet para la promoción y defensa de tales Derechos, y lo importante que es consagrar el acceso al conocimiento como un Derecho Humano más. Así, por ejemplo, el mundo actual demuestra cómo a través de redes sociales muchas protestas han alcanzado gran impacto y adherentes, tratando de ajusticiar situaciones denigrantes y poco humanas, utilizando de forma creativa el internet para sensibilizar e informar a la población.
Se propone mirar al internet desde la perspectiva de los Derechos Humanos, el cual puede, como anteriormente se mencionó, transparentar abusos o identificar, por ejemplo, Estados que violan estos derechos.
Contra la concentración del conocimiento
Finalmente, sin ánimo de pretender cerrar este tema pero sí entregar a ustedes el aprendizaje y lección que me ha dejado toda esta nueva experiencia, es menester hacer el llamado a los consumidores y consumidoras a organizarse y asumir con la seriedad que requiere el nuevo orden mundial, en el cual las grandes potencias concentran el conocimiento y día a día restringen su acceso a los demás países a través de sus patentes u otras formas de protección de la propiedad intelectual.
Se debe luchar porque las Naciones Unidas, ya sea a través de sus organizaciones internacionales o no, asuma el real significado del conocimiento en la época actual y garantice su libre e igualitario acceso, facilitando el desarrollo humano. No se debe perseguir a quienes acceden y usan el conocimiento para avanzar, sino aquellos que restringen el acceso y perjudican a miles de millones de personas.
El consumidor y consumidora deben tener la certeza y confianza de que pueden acceder al campo digital sin problemas, sin prohibiciones rígidas ni instituciones que pueden llegar a multarlo o encarcelarlo. Debe existir confianza para que internet se desarrolle de manera paulatina y entregue la suficiente confianza para que todos podamos acceder y usar sus servicios.
¡Por el libre acceso al conocimiento de los consumidores y consumidoras!
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