Roxana Salazar, presidenta de la Fundación Ambio, detalla en este artículo las principales disposiciones que existen o que se están tramitando en Costa Rica para dar el paso necesario hacia la era digital.
El gobierno digital, pero también el derecho al acceso a la banda ancha y los derechos digitales, se abren paso en un contexto internacional en que más que nunca los derechos humanos requieren plasmarse también en este ámbito.
Léala a continuación.
Actualmente, es difícil pensar en vivir sin Internet, a pesar de que dos
tercios de la población mundial y más de tres cuartas partes de la población en
países en desarrollo, aún no están conectados, pero eso no es una limitación
para que la tendencia de acceso a
Internet siga creciendo.
Según la UIT
(2012) la penetración móvil celular aumentó un 11% en todo el mundo. Internet se ha convertido en el motor de acción de la
vida de cada uno de nosotros. Este motor ha ido abordando áreas de la vida
política, económica y social de los ciudadanos del mundo.
Las tecnologías de la información han
facilitado el acceso y uso de las redes sociales cuyo fortalecimiento ha contribuido a cambios políticos en países en que la
participación ciudadana ha estado limitada.
Las Naciones Unidas
declararon que es un derecho fundamental el acceso a internet. De este derechos
derivan una serie de temas relacionados. Por ejemplo, el de la brecha digital,
del acceso a la información, la protección de derechos fundamentales versus
seguridad nacional, entre otros.
Derechos digitales
La Sala
Constitucional de Costa Rica ha estimado que:
“el avance en los
últimos veinte años en materia de tecnologías de la información y comunicación
ha revolucionado el entorno social del ser humano… Estas tecnologías han
impactado el modo en que el ser humano se comunica, facilitando la conexión
entre personas e instituciones a nivel mundial y eliminando las barreras de
espacio y tiempo. En este momento, el acceso a estas tecnologías se
convierte en un instrumento básico para facilitar el ejercicio de derechos
fundamentales como la participación democrática (democracia electrónica) y
el control ciudadano, la educación, la libertad de expresión y pensamiento, el
acceso a la información y los servicios públicos en línea, el derecho a
relacionarse con los poderes públicos por medios electrónicos y la
transparencia administrativa, entre otros”. Asimismo, proclamó: “En
este contexto de la Sociedad del Conocimiento, se impone a los poderes
públicos, en beneficio de los administrados, promover y garantizar, en
forma universal, el acceso a estas nuevas tecnologías”. (Voto
2010-12790).
EL expediente Nº 18.172, tramitado ante la Asamblea Legislativa de Costa
Rica, busca la reforma del artículo 29 de la Constitución para que se
reconozca el derecho a la comunicación y el derecho de acceso en banda ancha
a las tecnologías de la información garantizado por el Estado:
“Artículo 29.- Toda persona tiene derecho a la comunicación. El
acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación es un
derecho fundamental garantizado por el Estado. Todos pueden expresar comunicar
sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura,
pero serán responsables de los abusos que cometan en el ejercicio de este
derecho, en los casos y del modo que la ley establezca.
La ley
determinará la forma en que el Estado garantizará el acceso en banda ancha a
las tecnologías de información y comunicación”.
Gobierno digital
En el caso de la brecha digital y gobierno digital, en
nuestro país, encontramos que en actual Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014,
se ha comprometido a un ambicioso programa de simplificación de trámites.
El proceso incluye la mejora de 41
trámites prioritarios en cinco instituciones que más afectan al sector
productivo, así como una mejora regulatoria integral en el resto de las
instituciones. Se complementa este accionar con el avance del uso de las tecnologías de información y el Gobierno
Digital, en miras de mejorar la calidad de la prestación de servicios, fin
mismo de la administración pública.
La presente administración cuenta con un Acuerdo Social Digital que incluye el
fortalecimiento de la Secretaría Técnica
de Gobierno Digital, de manera que este pueda seguir aportando en la mejora
de la calidad de servicios que brinda el Estado mediante el uso de tecnologías
de la información y que se verán favorecidos por el acceso a la banda ancha.
Algunos entes públicos promueven que
los servicios se realicen en línea. Esto conlleva descarga de documentos para
cumplir con obligaciones, tales como la declaración de la renta o declaraciones
de impuestos, que se pretende que realicen únicamente de manera digital.
Existen iniciativas de fortalecimiento del uso de internet para tramites con el
Estado: Merck-link (sistema digital de compras públicas), Compra-red (sistema
digital de compras públicas), política cero papel (expediente digital del Poder
Judicial), expediente digital (Caja Costarricense Seguro Social), los trámites
de Tributación Directa, MUNET (municipalidades en línea), declaración de bienes
(Contraloría General de la República), expediente digital de la CCSS, facturas
en línea de profesionales en Derecho y Medicina, fortalecer el acceso a la
información (instituciones públicas cuelgan datos en línea), dictamen médico
para licencia, el proyecto del aula digital, el profe en casa, la
promoción del teletrabajo, entre otros.
Derechos humanos
En relación a la protección de derechos fundamentales,
el derecho establecido en el artículo 46, de la Constitución Política,
garantiza el derecho de los consumidores y usuarios a la protección de su
seguridad e intereses económicos.
De ahí que se convierte en una obligación fundamental del gobierno proteger y promover los derechos
fundamentales de la ciudadanía.
Mientras exista un potencial peligro sobre limitaciones a los derechos
humanos, es la obligación del Estado garantizar a las personas que las leyes y
regulaciones relacionadas con la vigilancia de las comunicaciones estén de
acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos y protejan
adecuadamente los derechos a la privacidad y a la libertad de expresión.
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