ROBIN SIMPSON, Asesor Principal de Políticas de Consumers
International describe las directrices de la OCDE sobre comercio electrónico, recientemente
revisadas, y sus implicaciones para los consumidores.
La OCDE publicó sus directrices revisadas sobre comercio electrónico a fines de marzo. Conforman
un esquema útil para cualquier regulador que esté desarrollando un trabajo en
esta área y un buen punto de partida para los grupos de consumidores que desean
evaluar la protección ofrecida en línea en su país.
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Publicadas por primera vez en 1999 después de la
negociación por el Comité de la OCDE sobre Política de los Consumidores en el
que Consumers International (CI) participó, (y aún lo hace), las directrices
han hecho una importante contribución a la protección del consumidor en
cuestiones tales como cláusulas contractuales abusivas, transparencia de los
contratos y transacciones y mecanismos de resolución de controversias, todas
las cuales CI apoya.
Las nuevas directrices contienen algunas adiciones
importantes, que se extienden a las transacciones móviles, contenidos
digitales, transacciones no monetarias (tales como el intercambio de datos
personales), la opinión del consumidor en línea y plataformas de C2C.
Tanto en sus versiones 1999 como 2016, las
directrices se basan en el ‘principio de equivalencia’ que indica que los
consumidores que usan el comercio electrónico deben tener el mismo nivel de
protección que en otras formas de comercio. Esto es importante, ya que la encuesta
global de CI 2013 encontró que las transacciones en línea a menudo reciben
menos protección, ya que la legislación nacional se esforzó por mantener el
ritmo.
CI se concentró en dos temas clave durante los cuatro
años de negociación:
Responsabilidad limitada para los consumidores en el caso
de cargos no autorizados o fraudulentos. Esto ya fue recomendado en la versión
de 1999, que aprobó los ‘mecanismos de reembolso’, como las garantías de
tarjetas de crédito. Argumentamos con éxito por la extensión del reconocimiento
de la OCDE por un ‘fideicomiso’ ('escrow'), que parquea los pagos de los
consumidores con terceras partes intermediarias, tales como Alipay en China,
que no libera el pago del consumidor hasta que los bienes han sido entregados e
inspeccionados. Dichos servicios han existido durante siglos y ahora se están
extendiendo rápidamente de nuevo a través del comercio electrónico. El respaldo
a la responsabilidad limitada de la OCDE era importante para CI en nuestras
negociaciones en ISO en un estándar en los pagos móviles. Estamos satisfechos
de ver que reafirmó y amplió.
Un resultado mucho menos feliz se refiere a los productos
digitales sobre los que hemos sostenido durante mucho tiempo en la OCDE que la
protección de los derechos de autor no debería extenderse a deshabilitar la
computadora de un consumidor u otro terminal a través de las ‘medidas tecnológicas
de protección’', una práctica que funciona actualmente a través de implantes de
software, a menudo sin el conocimiento de los consumidores, que pueden haber
violado inadvertidamente sus contratos de arrendamiento. Hemos sostenido que si
se permite tales medidas, por lo menos deberían guiarse por el principio de
proporcionalidad: si estaciono mi auto por error en su estacionamiento, ello no
le da el derecho a destruirlo. El Comité no pudo llegar a un consenso sobre
esta propuesta; un delegado la describió como "demasiado nueva" a
pesar de que el principio de proporcionalidad se explica en la Carta Magna, el
fundamento de la ley Inglesa, en 1250. La única protección ofrecida por las
directrices es una sugerencia muy indirecta sobre que la alerta se da en la
información del producto / contrato. Sin embargo, es bien sabido que casi nadie
lee los acuerdos de licencia de usuario final; ellos ‘hacen clic y esperan lo
mejor’.
También es decepcionante para CI la brevedad y la
vaguedad de los artículos sobre seguridad y privacidad. Las directrices se
refieren a ‘otras directrices’ como las de Privacidad, que no necesariamente
estarán disponibles para el lector. Sin embargo, los problemas de seguridad
todavía inhiben a muchos consumidores, especialmente en relación con las
transacciones transfronterizas. A medida que los gobiernos siguen sin llegar a
un acuerdo sobre "la ley aplicable y la jurisdicción' (jerga para la
legislación de los países que deben aplicar la ley) frente a la inseguridad,
los consumidores acuden a una tercera parte intermediaria.
Las directrices de la OCDE recientemente revisadas sobre ‘Protección de los Consumidores en el comercio electrónico’ abordan acontecimientos recientes en tecnología y el comercio electrónico. Un área emergente sobre la que CI ha realizado investigaciones se relaciona con la ‘Internet de las Cosas’ y los desafíos para la protección de los consumidores http://consint.info/IoTReportNews
Las directrices de la OCDE recientemente revisadas sobre ‘Protección de los Consumidores en el comercio electrónico’ abordan acontecimientos recientes en tecnología y el comercio electrónico. Un área emergente sobre la que CI ha realizado investigaciones se relaciona con la ‘Internet de las Cosas’ y los desafíos para la protección de los consumidores http://consint.info/IoTReportNews
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