28 octubre, 2013

La era digital en Costa Rica



Roxana Salazar, presidenta de la Fundación Ambio, detalla en este artículo las principales disposiciones que existen o que se están tramitando en Costa Rica para dar el paso necesario hacia la era digital. 

El gobierno digital, pero también el derecho al acceso a la banda ancha y los derechos digitales, se abren paso en un contexto internacional en que más que nunca los derechos humanos requieren plasmarse también en este ámbito.

Léala a continuación.

Actualmente, es difícil pensar en vivir sin Internet, a pesar de que dos tercios de la población mundial y más de tres cuartas partes de la población en países en desarrollo, aún no están conectados, pero eso no es una limitación para que la tendencia  de acceso a Internet siga creciendo. 

Según la UIT (2012) la penetración móvil celular aumentó un 11% en todo el mundo. Internet se ha convertido en el motor de acción de la vida de cada uno de nosotros.  Este  motor ha ido abordando áreas de la vida política, económica y social de los ciudadanos del mundo.

Las tecnologías de la información han facilitado el acceso y uso de las redes sociales cuyo fortalecimiento ha contribuido a cambios políticos en países en que la participación ciudadana ha estado limitada.

Las Naciones Unidas declararon que es un derecho fundamental el acceso a internet. De este derechos derivan una serie de temas relacionados. Por ejemplo, el de la brecha digital, del acceso a la información, la protección de derechos fundamentales versus seguridad nacional, entre otros. 


Derechos digitales

La Sala Constitucional de Costa Rica ha estimado que:

“el avance en los últimos veinte años en materia de tecnologías de la información y comunicación ha revolucionado el entorno social del ser humano… Estas tecnologías han impactado el modo en que el ser humano se comunica, facilitando la conexión entre personas e instituciones a nivel mundial y eliminando las barreras de espacio y tiempo. En este momento, el acceso a estas tecnologías se convierte en un instrumento básico para facilitar el ejercicio de derechos fundamentales como la participación democrática (democracia electrónica) y el control ciudadano, la educación, la libertad de expresión y pensamiento, el acceso a la información y los servicios públicos en línea, el derecho a relacionarse con los poderes públicos por medios electrónicos y la transparencia administrativa, entre otros”. Asimismo, proclamó: “En este contexto de la Sociedad del Conocimiento, se impone a los poderes públicos, en beneficio de los administrados, promover y garantizar, en forma universal, el acceso a estas nuevas tecnologías. (Voto 2010-12790).

EL expediente Nº 18.172, tramitado ante la Asamblea Legislativa de Costa Rica, busca la reforma del artículo 29 de la Constitución para que se reconozca el derecho a la comunicación y el derecho de acceso en banda ancha a las tecnologías de la información garantizado por el Estado:

 “Artículo 29.- Toda persona tiene derecho a la comunicación. El acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación es un derecho fundamental garantizado por el Estado. Todos pueden expresar comunicar sus pensamientos de palabra o por escrito, y publicarlos sin previa censura, pero serán responsables de los abusos que cometan en el ejercicio de este derecho, en los casos y del modo que la ley establezca.
La ley determinará la forma en que el Estado garantizará el acceso en banda ancha a las tecnologías de información y comunicación”.


Gobierno digital

En el caso de la brecha digital y gobierno digital, en nuestro país, encontramos que en actual Plan Nacional de Desarrollo 2011-2014, se ha comprometido a un ambicioso programa de simplificación de trámites. 

El proceso incluye la mejora de 41 trámites prioritarios en cinco instituciones que más afectan al sector productivo, así como una mejora regulatoria integral en el resto de las instituciones. Se complementa este accionar con el avance del uso de las tecnologías de información y el Gobierno Digital, en miras de mejorar la calidad de la prestación de servicios, fin mismo de la administración pública.

La presente administración cuenta con un Acuerdo Social Digital que incluye el fortalecimiento de la Secretaría Técnica de Gobierno Digital, de manera que este pueda seguir aportando en la mejora de la calidad de servicios que brinda el Estado mediante el uso de tecnologías de la información y que se verán favorecidos por el acceso a la banda ancha.

Algunos entes públicos promueven que los servicios se realicen en línea. Esto conlleva descarga de documentos para cumplir con obligaciones, tales como la declaración de la renta o declaraciones de impuestos, que se pretende que realicen únicamente de manera digital. 

Existen iniciativas de fortalecimiento del uso de internet para tramites con el Estado: Merck-link (sistema digital de compras públicas), Compra-red (sistema digital de compras públicas), política cero papel (expediente digital del Poder Judicial), expediente digital (Caja Costarricense Seguro Social), los trámites de Tributación Directa, MUNET (municipalidades en línea), declaración de bienes (Contraloría General de la República), expediente digital de la CCSS, facturas en línea de profesionales en Derecho y Medicina, fortalecer el acceso a la información (instituciones públicas cuelgan datos en línea), dictamen médico para licencia, el proyecto del aula digital, el profe en casa, la promoción del teletrabajo, entre otros.


Derechos humanos

En relación a la protección de derechos fundamentales, el derecho establecido en el artículo 46, de la Constitución Política, garantiza el derecho de los consumidores y usuarios a la protección de su seguridad e intereses económicos. 

De ahí que se convierte en una obligación fundamental del gobierno proteger y promover los derechos fundamentales de la ciudadanía.

Mientras exista un potencial peligro sobre limitaciones a los derechos humanos, es la obligación del Estado garantizar a las personas que las leyes y regulaciones relacionadas con la vigilancia de las comunicaciones estén de acuerdo con el derecho internacional de los derechos humanos y protejan adecuadamente los derechos a la privacidad y a la libertad de expresión.

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