09 mayo, 2013

Chile y la justicia para los consumidores ahora



Escribe Antonino Serra de CI

Un par de hechos singulares y trascendentales han ocurrido en Chile en los últimos días. 


La Corte Suprema de Justicia emitió a fines de abril una sentencia en un juicio colectivo iniciado por Conadecus y el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) de Chile, condenando a Cencosud, propietaria de un conglomerado de empresas cuyo negocio más emblemático es la cadena de supermercados Jumbo, a pagar unos 70 millones de dólares a los consumidores usuarios de su tarjeta Jumbo Más. 

Por otro lado, el Banco Estado, entidad financiera pública chilena, decidió llegar a principios de mayo a un acuerdo conciliatorio en otra acción colectiva entablada en 2004 por Conadecus (a la que Sernac se había sumado alrededor de un mes antes). Ambas acciones estuvieron motivadas por la modificación unilateral de cláusulas en los contratos suscriptos por los consumidores; en este último caso, la suma a reintegrar es de unos 12 millones de dólares.

El tribunal supremo dictaminó que un par de cláusulas del contrato que unía a los consumidores con la empresa Cencosud por el uso de esta tarjeta Jumbo Más eran abusivas y, por lo tanto, infringían lo establecido en la Ley de Protección del Consumidor chilena.

Las cláusulas habilitaban a Cencosud a modificar de manera unilateral los términos del contrato, lo que la empresa hizo aumentando el monto de la comisión mensual que cobraba a los consumidores desde el año 2006. La Suprema Corte decidió que estas cláusulas atentaban contra lo establecido por la ley del consumidor y, en consecuencia, las declaró nulas.

Según cálculos de Sernac, los consumidores afectados (unos 600.000) recibirán en promedio unos 43.000 pesos chilenos, equivalentes a unos 90 dólares.

La sentencia no sólo impactó en el medio judicial, por su trascendencia y alcance y por tratarse de el primer caso de una acción colectiva impuesta al amparo de la Ley de Defensa del Consumidor que resuelve el máximo tribunal chileno, sino que tuvo una consecuencia política directa ya que quien se desempeñaba como Gerente General de Jumbo en 2006, Laurence Golborne, era candidato a la Presidencia de  Chile y debió renunciar a su candidatura, mientras que todo el arco político opinó sobre la necesidad de otorgar certezas y protección a los consumidores.

En el caso seguido contra Banco Estado, si bien se trata de un acuerdo conciliatorio y en consecuencia no se emitió sentencia, parece evidente que la decisión del caso de Cencosud ocurrida sólo unos días antes ejerció alguna influencia en el banco para aceptar el acuerdo.

Según lo publicado en medios de comunicación chilenos, la sentencia y el acuerdo conciliatorio entre Banco Estado, Conadecus y Sernac cambian la manera en que las empresas chilenas actuarán en relación al cumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor.

Lo realmente importante de esta sentencia es que pone de manifiesto al menos tres cuestiones que son vitales para la protección del consumidor. En primer lugar, deja en claro que la ley chilena es precisa cuando regula la manera en que las empresas pueden conducir sus negocios y redactar sus contratos.

Lo segundo es que las acciones colectivas son un instrumento invalorable cuando se intenta acercar justicia a un grupo grande de consumidores, que no sólo se benefician de forma personal, sino que trae certidumbre jurídica a los ciudadanos y, por añadidura, al mercado.

Tercero, que la defensa de los derechos de los consumidores es un ejercicio claro de ciudadanía, ya que intenta, ante una lesión, restaurar la paz social y colocar las fuerzas – desiguales – en pugna en el lugar que deben ocupar.

Es altamente probable que decisión de la Corte Suprema de Chile influirá positivamente en la manera en que las empresas se conducen frente al consumidor. Pero no sólo eso, la decisión establece un límite al poder enorme de las empresas, que de ahora en más tendrán que cumplir con la ley sin interpretarla según su propia conveniencia sino como lo que la ley es, un mandato que regula la convivencia entre débiles y fuertes.

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