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27 octubre, 2014

Chile, cerca de hacer historia



Chile está cerca de hacer historia con la aprobación de un nuevo reglamento respecto al etiquetado de alimentos no saludables y la promoción de estos alimentos dirigida a la población infantil, escribe HUBERT LINDERS de CI.

En este artículo, Linders ofrece un panorama general acerca de en qué punto está el debate en Chile sobre el Reglamento de la Ley de Etiquetado, la oposición de la industria y los aportes de la sociedad civil.

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07 abril, 2014

Frank La Rue y el Marco Civil de Internet en Brasil

Para FRANK LA RUE, el relator especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de expresión (en la foto), la democratización de las comunicaciones está pasando por Internet y no por los grandes medios. 

Internet hoy es un espacio donde se ejercitan varios derechos: los derechos humanos a la libre expresión y a la democratización de las comunicaciones, pero también el derecho a la información y al desarrollo, entre otros muchos.

Una de sus preocupaciones ha sido cómo darle un enfoque de derechos humanos a Internet. El Marco Civil de Internet en Brasil es un ejemplo de ello para La Rue.

Lo escuchamos atentamente en un seminario organizado por la ONG chilena Derechos Digitales.
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12 octubre, 2011

Idec denuncia: La FIFA exige que Brasil se aleje del Código de Defensa del Consumidor

Guilherme Varella, abogado del Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor (Idec) explica las escandalosas prerrogativas para la FIFA contempladas en el proyecto de la Ley General de la Copa enviada al Congreso, en desmedro de los consumidores.


Premunidos con el único argumento de la "excepcionalidad" de la Copa Mundial de Fútbol, la FIFA, entidad que controla este deporte, descaradamente exige que el gobierno federal se aleje del Código de Defensa del Consumidor, del Estatuto de la Tercera Edad, del Estatuto del ‘hincha’ o seguidor, y dela media entrada de los estudiantes para el año 2014. La pregunta es si el Estado - ejecutivo y legislativo - desempeñará su papel para garantizar los derechos sociales o cederá a las exigencias irrazonables de una organización sui generis.


Como van las cosas con el envío del Proyecto de Ley General de la Copa al Congreso y las recientes declaraciones del Gobierno sobre el cumplimiento de las exigencias de la FIFA, todo indica que ésta puede tener éxito. Si esto ocurre, brasileños y brasileñas verán sus derechos suspendidos para dar paso a facultades especiales para esta entidad sui generis, que ganará privilegios exclusivos y prerrogativas y pasará ilesa por sobre las determinaciones legales.


En lo que atañe a la protección del consumidor, la situación es especialmente preocupante. La FIFA - y por lo hechos también el gobierno federal - no considera que el ‘hincha’, seguidor o fanático es en primer lugar, un consumidor.


Un consumidor que va a comprar bienes y servicios (boletos para el juego, alojamiento, entradas, camisetas del equipo, souvenirs, comida, bebidas, etc.) y que, en la relación con el proveedor de todos estos elementos, está necesariamente protegido por el Código de Defensa del Consumidor. El CDC es una de las principales conquistas de la sociedad, con más de 20 años de vigencia, y es legalmente imprescindible para reequilibrar una situación de desequilibrio social: la relación cliente-proveedor.


El proyecto de Ley General de la Copa


Sin embargo, el proyecto de la Ley General de la Copa del Mundo retoma este desequilibrio creando un super-suministrador del mercado brasileño: la FIFA. El texto del proyecto de ley lo deja muy claro. La FIFA -socios incluidos-, tendrá áreas exclusivas de explotación comercial, no sólo en los estadios, sino en los entornos y las vías principales de acceso.


Tendrá además plenos poderes para fijar los precios de las entradas, cancelación, amortización, margen de fechas, lugares y tiempos, sin la respectiva obligación de notificación a los fans, así como la prerrogativa de modificación unilateral del contrato, y la autorización para llevar a cabo las prácticas y la imposición de cláusulas contractuales consideradas abusivas por el Código de Defensa del Consumidor.


Prácticas abusivas


Algunas de éstas llaman la atención. En primer lugar, el proyecto de ley no considera el Código de Defensa del Consumidor como una legislación subsidiaria, a fin de mantener el diálogo de las mismas áreas jurídicas buscando llenar los vacíos del texto de la ley. Véase, por ejemplo, varias leyes sobre propiedad intelectual en su artículo 42, lo que refuerza su carácter de lucha contra la piratería. Sin embargo, no considera que la responsabilidad del proveedor, objetiva y solidaria, también vale para la FIFA, como prevé el Código. De hecho, se olvida completamente de establecer la lista de los deberes y la responsabilidad de la entidad en el proyecto de ley, una total omisión. Hasta para la Unión está prevista la responsabilidad civil, pero para la FIFA, nada.


La venta “casada”


La venta “casada”, por ejemplo, uno de los grandes males del mercado interno, pasa a ser autorizada para la FIFA, con el recién llegado proyecto al Congreso. Práctica abusiva condenada por el art. 39, I, del Código, es atar la obligación de adquirir un determinado producto o servicio para poder obtener otro.


La super-suministradora FIFA, por el artículo 33, II, del texto del proyecto de ley, podrá a su sola discreción, determinar si se venderán las entradas de forma individual o en conjunto con otra cosa. Así, para un juego de baja demanda, tales ingresos pueden ser baratos. Sin embargo, en un clásico de alta demanda, el ticket puede estar condicionado a la venta de una camiseta, una taza, la entrada para otro juego, o incluso paquetes de viaje (hotel y entradas), especialmente para las personas de otros lugares.


El proyecto también prevé una cláusula penal en los contratos que la FIFA impondrá a los aficionados (contratos de adhesión). El dispositivo establece una multa en caso de desistir del ingreso en cualquier caso (artículo 33, III). Sin embargo, el Código garantiza el derecho de los consumidores a devolver cualquier producto comprado a distancia (por ejemplo, a través de Internet) dentro de siete días, sin justificación y sin penalización alguna. Si pensamos que la gran mayoría de entradas para la Copa Mundial serán vendidas a través de Internet, hay aquí un conflicto de normas, que si se mantiene, perjudicará a miles de fanáticos y seguidores.


Daños inevitables si se aprueba la Ley


Y esos daños a los consumidores inevitablemente se producirán si la Ley de la Copa es aprobada tal como está, sobre todo porque se crea un gran impasse jurídico. Con la omisión de los deberes y responsabilidades de la FIFA, como indemnizar a los consumidores por daños morales y patrimoniales en caso de problemas con los productos y servicios, y con el conflicto de la Ley General de la Copa del Mundo con otras leyes nacionales, los problemas que surgirán deberán encaminarse al poder judicial que en la actualidad ya está sobrecargado, no tendrá tiempo para procesarlos y resolverlos.


Así, aunque el seguidor (fans) consiga posteriormente revertir su pérdida ante el tribunal, habrá perdido su objeto central en la relación de consumo: el partido del torneo. La ola de descontento será grande antes y después del evento. Y la carga del problema quedará en Brasil, en el Poder Judicial, en los órganos de protección del consumidor y en el gobierno, ya que la FIFA, satisfecha y saldrá triunfante por la puerta principal.


Por lo tanto, es esencial que haya una revisión inmediata del Proyecto de Ley General de la Copa. No para incluir más exigencias sobre el extenso rol de la FIFA, sino para excluir los artículos que atentan directamente contra el Código de Protección al Consumidor y otras leyes.


Se debe garantizar la entrada a mitad de precio para estudiantes y tercera edad; que se prevea la plena responsabilidad de la FIFA por eventuales daños y perjuicios causados a los consumidores y fans; que sean prohibidas las áreas exclusivas de explotación comercial de la FIFA en las ciudades; que se garantice el respeto a los trabajadores y pequeños comerciantes brasileños evitando cualquier tipo de monopolio en los alrededores del estadio, y que se establezcan claramente las obligaciones y responsabilidades de la FIFA durante el período de vigencia de la Ley.


¡Conozca la campaña de Idec!

18 junio, 2011

Escándalo financiero en Chile

Una casa comercial, La Polar, está siendo la protagonista del mayor escándalo financiero del último tiempo en Chile. La falta de regulación del mercado financiero del retail es también protagonista por estos días.

A continuación les entrego un panorama de la situación hasta hoy.

La Polar, tienda de retail que ha vendido vestuario por décadas en Chile, repactó la deuda de casi medio millón de consumidores (418.826 personas, según cifras conocidas hasta hoy) sin su conocimiento, probablemente desde el año 2005.

El fraude

Según lo que se sabe hasta ahora, quienes llevaron a cabo estas operaciones en La Polar seleccionaban clientes que estaban morosos y les hacían una renegociación de la deuda unilateral y fraudulenta.

Esto hizo que a los consumidores se les multiplicaran sus deudas y que fueran amenazados con el embargo de sus bienes o con acciones judiciales por estar morosos. Los datos de muchos de ellos fueron entregados a la temida Dicom (base de datos nacional de clientes morosos), lo que les hizo perder empleos o no poder postular a nuevos trabajos y les impidió acceder a créditos, entre otros graves costos.

Muchos de ellos pagaron varias veces lo adeudado y aún así seguían debiendo dinero a la Polar.

Organizaciones

"Esto tiene que ver con malas prácticas y falta de ética, pero también con una falta de fiscalización de la autoridad económica sobre lo que hacen las empresas con los consumidores. Aquí hay organismos que no controlaron las infracciones a la Ley de esta empresa", dijo el presidente de la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios
(Conadecus), Hernán Calderón al anunciar que se hacían parte de la demanda colectiva que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) abrió en contra de La Polar.

Por su parte, la Organización de Consumidores y Usuarios (ODECU) realizó en el pasado varios
estudios sobre los contratos de bancos de las casas comerciales, entre ellos el de La Polar. El contrato de esta casa comercial “exhibe varias cláusulas que infringen principios y normas específicas de la ley del consumidor (...)", como aquellas que aceleraban el crédito en favor de la multitienda, había escrito entonces Alejandro Pujá, encargado del estudio y coordinador de ODECU. La denuncia fue ignorada por los medios y las autoridades, dice hoy el investigador.

Al margen de la ley

Al cierre de esta nota el caso claramente entraba al campo de lo criminal, con los domicilios de los ejecutivos de La Polar allanados, con una investigación en ciernes en una Fiscalía de Santiago y con sospechas ciertas de entrega de información falsa y estafa.

Alguien comparó este caso con Enron, debido a que también aquí se habría usado el incentivo de los bonos por compra. Las “ganancias” mensuales de La Polar habrían sido infladas a costa de aumentar fraudulentamente la deuda de los consumidores y asumirla como "ingresos" de la casa comercial.

Cómo supimos

El caso explotó cuando el Servicio Nacional del Consumidor
(Sernac) se percató de que las quejas contra La Polar aumentaban día a día de manera anormal, lo que llevó a esta agencia de gobierno a plantear una demanda colectiva en su contra, a la que ya se han plegado más de 5 mil consumidores.

Al mismo tiempo, un accionista minoritario de la tienda comercial habría pedido a un grupo de abogados investigar la situación financiera de la empresa, lo que destapó la punta del iceberg de un entramado de engaños y fraudes a los consumidores y Bolsa de Comercio, donde se transan las acciones.

Preguntas

Hoy los analistas se preguntan: si un accionista menor sospechó que algo no andaba bien, ¿cómo es posible que las irregularidades fueran ignoradas por el directorio de La Polar? ¿Y dónde estuvo la fiscalización de las entidades reguladoras?

La respuesta a la última pregunta es que NO existe regulación de las tarjetas de crédito de las casas comerciales en Chile, pese a que éstas superan a las tarjetas bancarias (58% contra 42%).

A lo anterior se agregaría la falta de control oportuno de la Superintendencia de Valores y Seguros (que acaba de denunciar el caso al Ministerio Público) y posiblemente otras entidades.

La empresa ofrece... ¿compensaciones?

El presidente del directorio de La Polar, Heriberto Urzúa, dijo que se eliminará todo tipo de cargos a los clientes morosos, intereses penales, multas y registros en Dicom a partir del 21 de junio. Las “compensaciones” que estaría ofreciéndole a los consumidores sería la rebaja de su ‘deuda’ de acuerdo a la premura con que paguen…

Por supuesto que el Sernac consideró absolutamente insuficiente esta propuesta de la empresa y la demanda judicial colectiva sigue adelante.

Varios temas aparecen ahora como centrales:

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La falta de regulación de las tarjetas de crédito de las casas comerciales en primer lugar (otra vez, la incapacidad del mercado de autorregularse),

-- La falta de información sobre la deuda que cada consumidor tiene con todas las casas comerciales (deuda consolidada),

-- Las altas tasas de interés de las tarjetas de crédito, y la tasa máxima convencional que se debe pagar si hay atraso. Una tasa sobre el 30% (actualmente está sobre el 40%) no es pagable según varios economistas. Los consumidores no serían los "riesgosos", sino las altas tasas de interés, y luego

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- La forma inescrupulosa en que muchas empresas del retail promocionan el endeudamiento de los consumidores otorgando facilidades de crédito para lucrar con las deudas de los miles que no pueden pagar.

Si quienes toman decisiones no son capaces de leer la realidad del mercado del retail financiero chileno después de este escándalo, se continuará promoviendo empresas completamente deshumanizadas y al margen de la ley, con costos gigantescos para los consumidores y la sociedad en su conjunto.

Los derechos del consumidor se han puesto a prueba en este ejemplo extremo donde la campaña de CI por servicios financieros estables, justos y competitivos adquiere todo su sentido.

28 febrero, 2011

Un código de buenas prácticas bancarias para el Caribe de habla inglesa

Antonino Serra escribe sobre la iniciativa que ha comenzado a desarrollarse en el marco del proyecto sobre fortalecimiento del movimiento de consumidores que Consumers International (CI) está implementando en tres países del Caribe de habla inglesa: Barbados, Jamaica y Trinidad y Tobago.

Un grupo de expertos comenzó a trabajar en el desarrollo de un Código de Conducta para bancos en esos países tras recoger una idea que está inserta en los objetivos del proyecto y que fue fervientemente apoyada durante el seminario sobre protección del consumidor y servicios financieros que se realizó en Barbados, en septiembre de 2010.

El trabajo consiste en llegar a un consenso entre los grupos de consumidores, las asociaciones que agrupan a los bancos y los organismos de gobierno en un conjunto de principios básicos que gobiernen las relaciones entre los consumidores y las entidades que les brindan servicios financieros.

Punto de partida

El texto del código funcionará como una carta de compromiso que los bancos se comprometen a acatar, pero no será obligatoria; sin embargo, se cree que este será un muy buen primer paso en el establecimiento de criterios y obligaciones que, en el futuro, se plasmarán en textos legales.

De los tres países involucrados, Jamaica ha tomado la delantera. Allí ya existe un primer borrador que está siendo pulido por la asociación de bancos, CI, los organismos de protección al consumidor y el consultor contratado para llevar adelante esta tarea. Los otros dos países comenzarán su trabajo en los próximos días, y se estima que usarán el borrador jamaiquino como base.

Se espera que el texto del Código esté finalizado en el mes de abril.

Otra herramienta: sitios web de las organizaciones

Por otro lado, el proyecto también está financiando el diseño y la puesta online de los sitios web de las organizaciones de consumidores que aún no contaban con esta herramienta, y del mejoramiento de aquellas que ya existían. En cada caso se cuenta con el asesoramiento de expertos en diseño para internet que están desarrollándolos, y cada uno intenta reflejar el estilo y la visión de la organización.
En la misma línea, el proyecto contempla el desarrollo de un sitio web para el Consejo de Consumidores del Caribe (CCC), que reúne a asociaciones de consumidores y agencias de gobierno de protección del consumidor de los países caribeños.

El sitio funcionará como un portal de noticias y novedades de lo que ocurre en cada país, y también pretende ser una fuente de consulta sobre la historia del movimiento de consumidores del Caribe, y una herramienta que una a quienes están trabajando en el tema en esa región. Se prevé que el lanzamiento de estos sitios web ocurra durante el primer semestre de 2011.