Altagracia Paulino, directora del instituto gubernamental Pro Consumidor, comenta aquí las últimas decisiones del Codex Alimentarius sobre los alimentos genéticamente modificados y defiende el derecho a la información de parte de los consumidores.
Tras 20 años de incidencia para que el Codex Alimentarius emitiera la norma de etiquetar los alimentos genéticamente modificados, ésta se hizo realidad en Ginebra el pasado 5 de julio.
Más de cien países presentes en la reunión de Ginebra acordaron la fiscalización del etiquetado de los alimentos modificados genéticamente. El logro del acuerdo se hizo posible gracias a que Estados Unidos retiró su oposición a que este tipo de alimento fuera etiquetado, mientras que otros países, principalmente de Europa, lo habían asumido en sus legislaciones nacionales.
El acuerdo
El acuerdo implica que cualquier país que desee adoptar el etiquetado de los “alimentos genéticamente modificados” ya no confrontará las amenazas legales de la Organización Mundial del Comercio, debido a que las medidas nacionales basadas en las normas Codex no pueden ser impugnadas como obstáculos al comercio.
El acuerdo reconoce los beneficios para la salud de los consumidores por la información transparente sobre la presencia de algún tipo de OGM incluido en los alimentos que se le ofertan al consumidor en el mercado, según declaraciones del norteamericano doctor Michael Hansen, científico principal de Consumers Union de Estados Unidos.
En adelante, el Codex elaborará una guía sobre el particular, la cual servirá a los consumidores para manejar la información sobre este tipo de alimentos.
La conclusión de los delegados del Codex se produce como una iniciativa para determinar si los alimentos provistos desde este tipo de tecnología son o no inocuos para la salud.
El principio de precaución
En los últimos 20 años el movimiento de consumidores, encabezado por Consumers International, ha proclamado que esos alimentos no han superado el análisis de riesgos para la salud, lo que implica la aplicación del principio de precaución en el consumo de los mismos.
La incertidumbre creada ante la aparición de los OGM en la alimentación provocó la intervención de muchos gobiernos sobre la siembra de las semillas OGM y su posterior consumo.
Moratoria en Perú
En Perú, el Congreso aprobó recientemente una moratoria de 20 años con miras a impedir que las semillas genéticamente modificadas sean sembradas en su territorio como una forma de proteger su biodiversidad, ya que los OGM pueden contaminarla y hacer que desaparezcan los patrones genéticos de la riqueza alimentaría de esa nación.
En República Dominicana
El hecho de etiquetar los alimentos genéticamente modificados al menos permite a los consumidores ejercer su derecho a saber qué es lo que comen, en qué invierten su dinero y determinar si hacen daño a quien se decida por su consumo.
En nuestro país, la Ley 358-05, de Protección a los Derechos del Consumidor, establece en el Art.74 la aplicación del principio precautorio, de modo que deben ser debidamente etiquetados, y si no se permite su ingreso al país, no se le estaría colocando barreras al comercio. La ley es la ley y el consumidor tiene soberanía y derecho a discriminar su consumo y a defender su inversión en la alimentación.
Tras 20 años de incidencia para que el Codex Alimentarius emitiera la norma de etiquetar los alimentos genéticamente modificados, ésta se hizo realidad en Ginebra el pasado 5 de julio.
Más de cien países presentes en la reunión de Ginebra acordaron la fiscalización del etiquetado de los alimentos modificados genéticamente. El logro del acuerdo se hizo posible gracias a que Estados Unidos retiró su oposición a que este tipo de alimento fuera etiquetado, mientras que otros países, principalmente de Europa, lo habían asumido en sus legislaciones nacionales.
El acuerdo
El acuerdo implica que cualquier país que desee adoptar el etiquetado de los “alimentos genéticamente modificados” ya no confrontará las amenazas legales de la Organización Mundial del Comercio, debido a que las medidas nacionales basadas en las normas Codex no pueden ser impugnadas como obstáculos al comercio.
El acuerdo reconoce los beneficios para la salud de los consumidores por la información transparente sobre la presencia de algún tipo de OGM incluido en los alimentos que se le ofertan al consumidor en el mercado, según declaraciones del norteamericano doctor Michael Hansen, científico principal de Consumers Union de Estados Unidos.
En adelante, el Codex elaborará una guía sobre el particular, la cual servirá a los consumidores para manejar la información sobre este tipo de alimentos.
La conclusión de los delegados del Codex se produce como una iniciativa para determinar si los alimentos provistos desde este tipo de tecnología son o no inocuos para la salud.
El principio de precaución
En los últimos 20 años el movimiento de consumidores, encabezado por Consumers International, ha proclamado que esos alimentos no han superado el análisis de riesgos para la salud, lo que implica la aplicación del principio de precaución en el consumo de los mismos.
La incertidumbre creada ante la aparición de los OGM en la alimentación provocó la intervención de muchos gobiernos sobre la siembra de las semillas OGM y su posterior consumo.
Moratoria en Perú
En Perú, el Congreso aprobó recientemente una moratoria de 20 años con miras a impedir que las semillas genéticamente modificadas sean sembradas en su territorio como una forma de proteger su biodiversidad, ya que los OGM pueden contaminarla y hacer que desaparezcan los patrones genéticos de la riqueza alimentaría de esa nación.
En República Dominicana
El hecho de etiquetar los alimentos genéticamente modificados al menos permite a los consumidores ejercer su derecho a saber qué es lo que comen, en qué invierten su dinero y determinar si hacen daño a quien se decida por su consumo.
En nuestro país, la Ley 358-05, de Protección a los Derechos del Consumidor, establece en el Art.74 la aplicación del principio precautorio, de modo que deben ser debidamente etiquetados, y si no se permite su ingreso al país, no se le estaría colocando barreras al comercio. La ley es la ley y el consumidor tiene soberanía y derecho a discriminar su consumo y a defender su inversión en la alimentación.
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